CANAL 21 ¿EL COMODÍN DEL ESPECTRO?

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Algo inaudito. A partir de la Resolución ENACOM Nro. 10090 del 29 de diciembre de 2016 se había comenzado el camino de la restitución de la titularidad del espacio radioeléctrico (el canal 21), concedido mediante Decreto del PEN Nro. 1314 del 23 de octubre de 2001 a una Institución de la Iglesia Católica.

Sin embargo, a menos de dos meses y medio de aquella surgió otra, la Resolución ENACOM Nro. 1631 del 9 de marzo de 2017 en la cual, nuevamente, se incurría en el mismo error: la subordinación de una persona jurídica pública no estatal, como lo es dicha institución de la Iglesia Católica, a una empresa jurídica privada, que ahora sería titular del servicio de radiodifusión televisiva.

Si bien es atendible el pedido de dicha empresa privada de poder ejercer sus derechos de emisión, no lo son menos los derechos adquiridos (mucho antes) para ejercer la titularidad de toda esa porción de frecuencias por parte de la Iglesia (el canal 21, completo).

La solución, por lo menos inicial para ambas partes, como también para otras empresas privadas con o sin fines de lucro e instituciones públicas estatales, se ve claramente que pasaría por la asignación de frecuencias en poder del Estado que podrían cederse, ampliando así los espacios que fueron drásticamente reducidos, a partir de la acción de ese mismo Estado, el cual es el administrador de un espectro de frecuencias (patrimonio de la comunidad), de tal modo que la televisión abierta, directa y gratuita, con modulación digital, pueda ejercerse sin conflictos innecesarios dentro de un mismo canal radioeléctrico, pero sí con entidades afines.

Fuente: Telemisión21
Buenos Aires, 04 de abril de 2017

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