COMENTARIOS RESPECTO DE LA TRANSICIÓN DEL SERVICIO ANALÓGICO AL DIGITAL DEL CANAL RADIOELECTRICO 21 DE BUENOS AIRES

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Las emisoras de televisión abierta que actualmente emiten en el sistema analógico y que habían sido autorizadas con anterioridad a la presente transición, implican un servicio “monoseñal” con un sistema transmisor/antena de emisión perteneciente a un solo licenciatario o autorizado para brindar dicho servicio en un canal de 6 MHz. de ancho de banda, en cada uno de los casos.

En la transición actual de dichas emisoras hacia la TV abierta digital hacia la banda de frecuencias de UHF, que ocurriría el año próximo con el “apagón analógico” (Ref.: Decreto del P.E.N. Nro.1148 del año 2009), dicha autorización en el espectro de frecuencias “abiertas” no debe cambiar en cuanto al ancho de banda espectral anteriormente utilizado, por continuidad jurídica de la regulación estatal en la materia. Más aún, si se tuviera en cuenta la Normativa nacional e internacional (U.I.T.) en materia de “canalización” para la TV abierta (analógica o digital), ésta no ha cambiado respecto a ese ancho de banda a asignar en las nuevas emisoras de TV digital. Se trata de un nuevo estándar (el ISDB-T) de transmisión de radiodifusión de señales de audio, video y datos en su transición.

A partir de dicha Normativa, el pertinente Organismo de Administración de Frecuencias de cada país siempre debe admitir un solo titular por cada canal radioeléctrico asignado (es decir: un solo licenciatario o autorizado poseedor del sistema transmisor/antena). Por lo tanto, dicho Organismo debe asignar teniendo en cuenta canales con un ancho de banda de 6 MHz., no menores.

El canal radioeléctrico 21 fue autorizado en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) con la titularidad de una Institución Pública de la Iglesia Católica, como sistema de televisión abierto, directo y gratuito, a través del Decreto del P.E.N. Nro. 1314 del 23 de octubre de 2001.

En ese entonces, siendo un canal “abierto” a asignar y teniendo en cuenta que no era un servicio de TV codificada, sin embargo se lo asignó con la mínima área se servicio para el público del AMBA, en lugar de la máxima como hubiera correspondido al ser de carácter “primario” dicho servicio (frente al “secundario” que era el de TV codificada). De todos modos, fue la primera asignación como canal abierto, en la banda de frecuencias de UHF en dicha área.

Considerando la situación actual de esa asignación, habiendo sido autorizado dicho canal en dicha banda destinada a la televisión digital, y estando en funcionamiento los demás canales tradicionales del AMBA en emisión digital abierta en la misma, teniendo en cuenta que el canal 21 no posee canal “espejo” que replique su emisión analógica en esta etapa de transición, podría haber sido admitido en el sistema digital establecido por el Decreto del P.E.N. Nro. 1010/10, con carácter experimental como lo establece el mismo (sistema TDA).

Por otra parte, si tenemos en cuenta la mencionada Normativa (que debe ser cumplida) el titular del canal radioeléctrico 21, solamente siendo poseedor del sistema de transmisor/antena, podrá utilizar completamente ese espacio asignado de 6 MHz., ya que tiene el deber y el derecho a hacerlo legalmente.

Sin embargo, hubo recientes Resoluciones emanadas de los Organismos de Aplicación del Estado que le “asignan canales digitales” de otras entidades, no pertenecientes a la Persona Pública no estatal (titular desde el año 2001), dentro de su mismo espacio radioeléctrico. Todo esto es sumamente importante si tenemos en cuenta que el sistema digital de origen japonés mencionado tiene amplias posibilidades futuras para utilizar dicho espacio asignado (terreno espectral) a fin de difundir (como emisora de origen), diversos contenidos simultáneos de radiodifusión sonora y/o televisiva (por aire), a fin de ser distribuidos por cable, satélite, internet, etc., con numerosas combinaciones de emisiones (incluso de 24 horas de duración), lo que significa variedad de expresiones de un mismo Mensaje: el del Evangelio.

Fuente: Telemisión21
Buenos Aires, 08 de Abril de 2018

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