ALGO A SUBSANAR EN EL ESPECTRO DE BUENOS AIRES

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Los canales abiertos (de aire) analógicos que en su momento fueron autorizados son, por orden de salida al aire, el 7, el 9, el 13, el 11, el 2 y el 21.

Respecto a este último, se generaron fundamentos básicos del mismo en el espectro de frecuencias de la zona, donde se pudo lograr la autorización de un canal de TV ABIERTA, es decir “un terreno” propio de 6 MHz. de ancho de banda para la Iglesia Católica, donde se demostró que se podía construir un “edificio” con distintos “departamentos” sobre el mismo.

En esta transición al sistema digital, emiten también con este nuevo sistema de transmisión en el 22, 23, 24 y 25 en la TDA Pública y en el 33, 34, 35 y 36 en la TDA Privada, excepto el 21, que emite con una sola señal digital (21.2) transportada con una planta transmisora privada en el 21.1 como “licenciatario operador”.

La única emisora de TV abierta que no emite con su propia planta transmisora (transmisor y antena) es la correspondiente al canal radioeléctrico 21, como sí lo hacía desde un principio, en analógico, cuando esa planta transmisora había sido instalada y autorizada en el Seminario Metropolitano de Villa Devoto.

Lamentablemente esto fue consecuencia de algo aparentemente no advertido en la administración del espectro de Buenos Aires, a partir de lo establecido por el ENACOM con la Resolución 1631 del 9 MAR 17, ya que con la misma, desde el punto de vista de la administración del espectro de frecuencias, le quitaron la titularidad del canal radioeléctrico 21 a una Persona Pública (permanente a través de las generaciones) que, si bien no es estatal, no posee los lógicos altibajos de una Persona Jurídica Privada.

Por lo tanto, con lo anterior, si no se subsana esta anomalía, dicha Persona Jurídica Pública (autorizada desde el año 2001) no podrá ejercer libremente su libertad de expresión en ese espectro digital abierto, directo y gratuito.

Fuente: Telemisión21
Buenos Aires, 21 de octubre de 2020

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